LEY 1273 DEL 2009
* OBSTACULIZACIÓN ILEGÍTIMA DE SISTEMA INFORMÁTICO: El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento a un sistema informático, a los datos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión.
*INTERCEPTACIÓN DE DATOS INFORMÁTICOS: El que, sin orden judicial intercepte datos informáticos , o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los trasporte incurrirá en pena de prisión.
DAÑO INFORMÁTICO. El que, sin estar facultado , destruya, dañe, borre o altere datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información, incurrirá en pena de prisión
USO DE SOFTWARE MALICIOSO. El que, sin estar facultado , produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda o envíe del territorio nacional programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión
VIOLACIÓN DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado , con algún provecho obtenga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales , incurrirá en pena de prisión.
SUPLANTACIÓN DE SITIOS WEB . El que con objeto ilícito diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión.
LEY 1341 DE 2009
1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.priorizar el acceso y uso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la producción de bienes y servicios, en condiciones no discriminatorias.
2. Libre competencia. El Estado propiciará escenarios de libre y leal competencia que incentiven la inversión actual y futura en el sector de las TIC .
3. Uso eficiente de la infraestructura y de los recursos escasos. El Estado fomentará el despliegue y uso eficiente de la infraestructura para la provisión de redes de telecomunicaciones y los servicios que sobre ellas se puedan prestar.
4. Protección de los derechos de los usuarios. El Estado velará por la adecuada protección de los derechos de los usuarios de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
5. Promoción de la Inversión. Todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones tendrán igualdad de oportunidades para acceder al uso del espectro y contribuirán al Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
6. Neutralidad Tecnológica. El Estado garantizará la libre adopción de tecnologías, teniendo en cuenta recomendaciones, conceptos y normativas de los organismos internacionales
7. El derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios básicos de las TIC.Estado propiciará a todo colombiano el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas
8. Masificación del Gobierno en Línea.adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el desarrollo de sus funciones.
MANUAL DE CONVIVENCIA Art. 20 #19
Usar la red de internet de forma deliberada, con fines intimidatorios para aspectos diferentes de los establecidos por la institución que afectan la integridad y el buen nombre de la persona y del colegio. De igual forma se aplica para el uso del celular ejerciendo maltrato psicológico y continuado.
CÓDIGO DE CONDUCTA DIGITAL
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DELITOS INFORMÁTICOS
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